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María Alejandra Elsitdié (Ecuador) defiende su TFM sobre ADR en el negocio del petróleo y el gas

María Alejandra Elsitdié Pazos

El negocio de petróleo y gas (O&G) siguen siendo foco de los negocios internacionales más lucrativos del mundo. Este flujo económico productivo arrastra irremediablemente numerosas cuestiones jurídicas y, en la práctica, una importante generación de problemas que las peculiaridades de industria acarrean.

21 de julio de 2021

Título: “La pertinencia del uso de ADR para la resolución de conflictos derivados de incumplimiento de temas de compliance en el negocio de petróleo y gas”

Autora: María Alejandra Elsitdié Pazos

Se sabe que la industria petrolera involucra un alto riesgo insitu, desde riesgos menores, hasta riesgos catastróficos, que pueden ser contabilizados en los precios del negocio, inversión en medidas de protección, desarrollo de tecnología, entre otros. Sin embargo, existen varios otros frentes que las empresas petroleras deben tomar en consideración. Es un sector con enormes aristas que deben ser debidamente controladas para que el negocio funcione y lo haga en términos de positividad hacia la empresa, pero también hacia la ciudadanía. De ahí la necesidad de que exista un comportamiento ético y enmarcado jurídicamente como apropiado para su nacimiento, expansión y crecimiento.

En este fenómeno de vigilia de la conducta de las empresas, para asegurarse que los negocios se cumplen de manera justa, sin burlar la ley y sin ningún conflicto de interés, ha emergido con una impronta tremenda la institución del compliance. Compliance se traduce al español como cumplimiento y se trata justamente de una forma de referirse al debido cumplimiento de las reglas vigentes.

En el mundo del O&G, el tema del compliance es latente en todos sus frentes y ha ido adquiriendo un papel protagónico en el ámbito de las garantías debidas para su buen desarrollo. Las razones de este enorme interés por el compliance se encuentran en el hecho de que se trate de un negocio caracterizado por su internacionalidad, lo que obliga, por ello, a asumir el respeto debido a todas las posibles regulaciones de los diversos ordenamientos jurídicos en los que de forma directa o indirecta se proyecta el desarrollo y explotación de este sector.

El negocio ha desarrollado varias costumbres globales al momento de contratar, especificaciones de seguridad y estándares de calidad. Sin embargo, esto no ha podido contener la complejidad y seriedad de los problemas jurídicos.

Uno de los grandes ejes de complejidad que aproxima la posible solución de los conflictos que se generan en esta industria es precisamente que a la hora de cuestionar e intentar resolver los conflictos jurídicos a través de vía judicial, identificamos un problema en la falta de especialización de un juez común.

De esta forma, el modelo judicial en numerosos países de Latinoamérica no es el más adecuado para resolver esta tipología conflictual, donde los jueces no tienen especialidad adecuada y en su mayoría los sistemas judiciales están altamente saturados, lo que permite, por ello reflexionar acerca de que las partes necesitan una forma de resolución de conflictos que les dé una salida rápida, económica y eficiente.

Lejos de ser sencilla, la regulación y los protocolos que se puedan incorporar en esta modalidad industrial para soslayar los posibles conflictos o, en su caso evitarlos, se anudan a la incorporación, cada vez más firme, del compliance. Al ser un tema que se regula con normas muy específicas, muchas veces extraterritoriales o inclusive de carácter interno empresarial, nos vamos a encontrar ante un posible conflicto de altísima complejidad, para el que los sistemas jurídicos nacionales y el contexto internacional deben estar preparados.

En atención a lo expuesto, se plantea la viabilidad de buscar otros medios diversos de los tribunales y se suscita -objeto de este trabajo- la posibilidad de plantear métodos alternativos o complementarios de solución de conflictos que puedan plantearse en el ámbito propio de la conflictividad del negocio.

La realización de este trabajo ha venido en gran medida impulsada desde esa mirada alternativa o complementaria de solución de conflictos para un área jurídica en la que las múltiples y asimétricas aristas que la componen bien facilitan la emergencia de los conflictos jurídicos o bien hacen compleja o aumentan la complejidad de la solución de los conflictos en sede judicial. Por tanto, el objetivo de este trabajo es profundizar acerca de la comparación de la aplicación de la justicia ordinaria y los métodos alternativos de solución de conflictos, para determinar si el método más eficiente para resolver conflictos derivados de incumplimientos de compliance en los contratos de O&G es el uso de ADR.

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