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Estudiante argentina defiende su TFM sobre las criptomonedas y la regulación en su país

Antonella Di Laudo

En esta época de cuarta Revolución Industrial la Sociedad de la Información se ha valido de las TICs para crear un sistema monetario paralelo al estatal con sus propias reglas.

19 de julio de 2022

Título: Criptomonedas: de su origen a su regulación en Argentina

Autora: Antonella Di Laudo

Se pretende investigar sobre la aptitud de las criptomonedas de ser utilizadas como medio de pago en el comercio electrónico, de resultar positivo indagar sobre la mejor forma de regularlas para su coexistencia con el dinero tradicional.

Las criptomonedas son activos digitales cuya estructura posee una encriptación que imposibilita que se falsifiquen a la vez que se encuentran insertas indeleblemente en Blockchain.

Puesto las características de estas monedas virtuales, muchas de las relaciones que a raíz de ellas se generan son internacionales, lo que hace necesario un robusto Derecho Internacional Privado que de luz a los conflictos que se susciten.

En el trabajo se analiza la postura legislativa de la UE, ya que directa e indirectamente toma acciones relevantes en relación a todos los temas bajo estudio. Ejemplo de ello, es el Proyecto de Market in Crypto Assets, cuyo objeto es aprovechar las ventajas de la era digital. Esta legislación que se espera esté en vigor en el 2024, regulará la relación de los proveedores de servicios de cambio de criptoactivos con sus clientes.

Se analiza también la legislación vigente en España, Real Decreto Ley 7/2021 del 27 de abril, relativa a la creación de un Registro de Proveedores de servicios de Exchange de monedas virtuales a monedas fiduciarias, que dependerá del Banco de España. Esta legislación ha dado como fruto que en febrero del corriente año se autorice a funcionar al Exchange español Bit2me.

Ambos modelos son un optimista y decido paso hacia las criptomonedas, buscando velar por los derechos de los usuarios.

También se analiza pormenorizadamente la polémica Ley Bitcoin en vigor en El Salvador. Esta legislación le otorga la categoría de “moneda de curso legal” a dicha criptomoneda, característica que comparte con el dólar estadounidense.

Toda regulación debe adaptarse a lo que las criptomonedas son, y como tal adaptar a las leyes nacionales a su espíritu. Esta afirmación se funda en la facilidad que tienen los usuarios de optar por un camino al margen de la Ley si la norma no es apropiada.

Se afronta también la difícil tarea de proponer normativa sobre los temas investigados para la República Argentina. Analizando de manera sucinta casi 100 años de historia, es posible concluir que la Nación posee un conflicto distributivo estructural que viene dado por la incongruencia entre las pretensiones arraigadas en lo social y las aptitudes productivas de la economía.

Entonces, teniendo presente las particularidades de mi país, se busca plantear una legislación que potencie la realidad sobre el estado del arte, que sea difícil de corromper y que aproveche las potencialidades propias de la nación y su gente.

En primer lugar se propone una Ley que aproveche el desarrollo tecnológico y las finanzas digitales, a través de la legalización y permiso de funcionamiento hacia las casas de cambio o Exchanges de criptomonedas. Ello sin que signifique un nuevo tributo en cabeza de los usuarios.

En segundo lugar se realiza una propuesta legislativa que busque regular la Minería de Criptomonedas a la vez que fomentar la economía sustentable. Esto sería posible mediante el establecimiento de bajas o quitas de impuestos para quienes realicen este proceso utilizando energías renovables. Ello crearía un círculo virtuoso entre inversión y minado sustentable, que atraería inversiones e incentivaría la economía local.

En tercer lugar, se propone la creación de una criptomoneda social. La misma tendrá la característica de ser creada mediante un Smart Contract y estar inserta en Blockchain. Esta criptomoneda funcionaría a nivel local, como medio de pago dentro del país, lo que significaría también una menor demanda de pesos argentinos.

Todas estas propuestas es menester que vengan acompañadas de un profundo desarrollo del Derecho Internacional Privado tanto para atraer la inversión extranjera como para que, esta rama del Derecho se encuentre a la altura de conflictos que a raíz de ellas puedan suscitarse, que proteja derechos de los usuarios e impida delinquir a los criminales.

En conclusión, las criptomonedas son hoy una realidad, debemos estudiarlas, comprenderlas y regularlas sin desnaturalizarlas.

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