
El trabajo de investigación busca exponer el contexto actual de falta de institucionalidad de la mediación penal en Chile, en un escenario de justicia penal global en que urge legitimar cauces alternativos de resolución del conflicto penal.
19 de octubre de 2020
Título: Justicia Restaurativa y Mediación Penal en Chile
Autora: Alejandra Silva Vásquez
El texto se desarrolla en tres capítulos, el primero de ellos aborda la situación actual de la justicia penal - vinculada especialmente al fenómeno de la globalización y el desarrollo de tecnologías-, y la necesidad de parte de los Estados de proporcionar nuevas respuestas al conflicto penal frente a las nuevas formas de comisión delictiva que se han generado en dicho contexto. Se realiza una revisión histórica y se analizan los factores que han incidido en la crisis profunda del paradigma de justicia, y aquellos que han dado paso a la concepción de un modelo que efectivamente busque resolver los conflictos que subyacen a la conducta delictiva, la denominada justicia restaurativa. Sus ideas surgen en los años 70-80 del siglo XX como un movimiento que busca, en términos generales, resolver el conflicto penal mediante la comunicación, el diálogo y la reparación de la víctima por parte del ofensor. Esto implica un cambio de mirada radical sobre el modelo penal tradicional retributivo, que se sustenta en la aplicación de un castigo al ofensor como consecuencia de la comisión de un delito, excluyendo a la víctima de una participación relevante en el proceso penal.
El segundo capítulo se refiere a la mediación penal en particular, tocando temas relevantes en orden a su implementación formal en los ordenamientos jurídicos -como la relación entre aquella y el principio de oportunidad y la necesidad de establecer ciertos estándares para víctimas y ofensores-, y los principios que la mediación debe observar en orden a lograr legitimarse como un complemento normativo adecuado entre un tradicional mecanismo retributivo y uno restaurativo. La mediación va tratando de buscar un lugar en el modelo de justicia del siglo XXI, configurándose como uno de los mecanismos con que opera la justicia restaurativa para conseguir sus fines. No es el único, sin embargo, en el ámbito penal la mediación es un mecanismo idóneo para resolver el conflicto, toda vez que el proceso se lleva a cabo frente a un tercero neutral técnicamente preparado, lo que permite resguardar los derechos de ambas partes mientras facilita la comunicación y entendimiento directo entre víctima y ofensor, para que puedan lograr un acuerdo de reparación.
En último término, se aborda en el tercer capítulo la situación particular del ordenamiento jurídico chileno. Se presenta una breve reseña histórica-normativa respecto a la incorporación de la mediación en ámbitos específicos de la legislación nacional, no encontrándose el área penal incluida entre aquellos. La mediación penal en Chile se ha desarrollado -al igual que sucede en otras legislaciones- a través de ciertos mecanismos procesales que han permitido incorporar su práctica en contextos alternativos de término de juicio, o a través del ejercicio por parte del fiscal del principio de oportunidad en sus distintas manifestaciones. Las experiencias se han implementado a través de programas piloto, desde el inicio de la reforma procesal penal en el año 2000, existiendo a la fecha amplia experiencia en la materia y su aplicación ha presentado resultados positivos tanto para víctimas y ofensores. El texto desarrolla en forma separada la situación de adultos y jóvenes, así como el marco normativo que se aplica a unos y otros, evidenciando en definitiva, que a nivel de justicia juvenil los avances han sido mayores por cuanto a la fecha existe un proyecto de ley actualmente en tramitación sobre una reforma al sistema procesal adolescente, que propone la institucionalidad de la mediación penal de acuerdo con principios y fundamentos propiamente restaurativos.